GEPU - Grupo Estudiantil y Profesional de Psicología Univalle -
GEPU - Grupo Estudiantil y Profesional de Comunicación Univalle -
GEPU - Grupo Estudiantil y Profesional de Ingeniería Univalle -
NIT: 900399383-3
Código Postal: 760032


   
 
  Estatutos


ESTATUTOS GENERALES

     Grupo Estudiantil y Profesional de Univalle – GEPU –





La Asamblea General de Integrantes del Grupo Estudiantil y Profesional de Univalle - GEPU – en uso de sus atribuciones legales, establece los presentes estatutos para su funcionamiento y establecimiento ante la ley competente.


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Capitulo I

Disposiciones Generales

 

Artículo 1. Denominación y Naturaleza

Con la denominación de Grupo Estudiantil y Profesional de Univalle - GEPU – se conformo en la ciudad Santiago de Cali (Colombia) el día martes 06 de marzo de 2007 una entidad de naturaleza asociativa, académica, social, cultural, política e investigativa sin animo de lucro al amparo de las normas constitucionales y legales de la Republica de Colombia y del acuerdo 009 de noviembre 13 de 1997 expedido por el Consejo Superior de la Universidad del Valle que especifica en el artículo 7d que los estudiantes pueden asociarse con fines culturales, científicos, profesionales o gremiales. El carácter de la asociación estará definido por el presente estatuto y retoma el proceso histórico del movimiento estudiantil libertario del edificio 385 del campus Meléndez de la Universidad del Valle.

 

Artículo 2. Personalidad y Capacidad

La organización constituida debe tener una personería jurídica propia, y plena capacidad de obrar independientemente, pudiendo realizar en consecuencia, todos aquellos actos que sean necesarios para el cumplimiento de la finalidad para la que ha sido creada, dentro de un marco de legalidad constitucional y de referencia al Acuerdo 009 de noviembre 13 de 1997 expedido por el Consejo Superior de la Universidad del Valle.

 

Artículo 3. Nacionalidad y Domicilio

La organización creada tiene nacionalidad colombiana. El domicilio social de la organización se establece en la ciudad Santiago de Cali, en la sede Meléndez de la Universidad del Valle, edificio 385, quinto piso, sin perjuicio de poder establecer sedes tituladas como seccionales en las ciudades donde existan varios miembros del GEPU.

 

Artículo 4. Ámbito de Acción

El ámbito de acción del grupo será determinado por la capacidad de operación de sus integrantes, en todo caso, siempre se empezara desde lo local, a lo departamental, a lo regional, a lo nacional y a lo internacional.

 

Artículo 5. Duración

La organización se constituye por tiempo indefinido.

 

Artículo 6. Afiliaciones

El Grupo Estudiantil y Profesional de Univalle - GEPU - podrá afiliarse a otra asociación de su misma índole, federarse y confederarse.

 

Capitulo II

Misión, Visión y Objetivos de la Organización

 

Artículo 7. Visión 

Queremos ser reconocidos como un grupo estudiantil y profesional, académico, social, cultural, político e investigativo; conformado libremente por estudiantes y profesionales, que interactúen en un marco ético, eficiente y de responsabilidad social que posibilite el diagnostico, la evaluación e intervención psicosocial, permitiendo mediante la discusión, el debate y la adquisición de conocimiento el que podamos contribuir a mejorar la calidad de enseñanza que se nos ofrece y la calidad de vida de la población colombiana.

 

Artículo 8. Misión

Generar y conseguir un conocimiento integral aplicado por medio de la creación de espacios de discusión teórica e intervención pragmática que permitan la participación activa de los estudiantes y profesionales dentro de un marco de responsabilidad social, además de una intervención psicosocial real y efectiva en las comunidades que nos rodean.

 

Artículo 9. Objetivo General

Apoyar e integrar a los estudiantes y profesionales aspectos académicos, sociales, culturales, políticos e investigativos en sus diferentes áreas; fomentando así su formación integral y posibilitando la intervención en pro de la comunidad.

 

Artículo 10. Objetivos Específicos Académicos

- Creación de programas educativos integrales dirigidos a la primera infancia, la convivencia escolar y la formación de redes educativas.

 

- Impulsar propuestas dirigidas a complementar los contenidos teóricos de los programas académicos de la Universidad del Valle en los que se tengan grupos de base.  

 

- Promover entre los estudiantes la adquisición de material académico y didáctico con el fin de facilitar el acceso a documentos específicos utilizados en diferentes cursos a lo largo de la carrera.

 

- Impulsar, promover y desarrollar la participación de los estudiantes y profesionales  en congresos, talleres y actividades organizadas dentro de la Universidad como fuera de ella, con el fin de afianzar los conocimientos desde las diferentes perspectivas que se plantean.

 

- Producir conocimiento científico que sirva para comprender e intervenir al ser humano y sus relaciones sociales a través de diferentes tipos de publicaciones (artículos, capítulos de libros, libros, ponencias, etc.).

 

- Posicionarnos como referente académico en el plano científico nacional e internacional.

 

Artículo 11. Objetivos Específicos Socioculturales

- Brindar acompañamiento a los procesos sociales y comunitarios que adelante la población vallecaucana.

 

- Realizar intervención psicosociales a población en condición de vulnerabilidad social con énfasis en los pacientes con trastornos mentales y sus cuidadores, personas en situación de discapacidad física o mental y adultos mayores.

 

- Contribuir a la eliminación de prácticas de acoso e intimidación escolar en instituciones educativas a nivel de primaria, secundaria y universidad.

 

- Intervenir oportunamente desde un enfoque psicosocial y de salud pública en el cuidado y conformación de redes de pacientes con enfermedades crónicas y sus cuidadores.

 

- Realizar intervenciones estratégicas en torno al consumo de sustancias psicoactivas en ámbitos universitarios, comunitarios y recreativos.

 

- Contribuir al desarrollo de la salud mental y la resolución pacífica de conflictos en la población vallecaucana.

 

- Orientar esfuerzos para lograr una movilización y autorregulación comunitaria en torno a la prevención de riesgos y mitigación de daños por problemas de consumo de alcohol.

 

- Promover actividades que permitan la integración entre los profesionales y estudiantes de los diferentes semestres de las carreras donde tengamos grupos de base en la Universidad del Valle

 

- Apoyar los estudiantes que ingresan por primera vez a la universidad, brindando información pertinente para un buen desenvolvimiento dentro de la Universidad del Valle.

 

- Fomentar el uso de los espacios de encuentro y de participación de los estudiantes y profesionales con la comunidad a través de la literatura, el cine, la música, entre otras artes, mediante la programación de diferentes actividades y realización de intervenciones sociales, culturales y deportivas.

 

- Promover las relaciones de los estudiantes y profesionales de la Universidad del Valle con las diferentes asociaciones, agremiaciones, facultades y universidades a nivel nacional e internacional.

 

Artículo 12. Objetivos Específicos Políticos

- Generar proyectos de intervención psicosocial orientados al trabajo con las víctimas del conflicto armado colombiano.

 

- Promover y garantizar el respeto por los derechos humanos en ámbitos comunitarios, instituciones educativas, zonas rurales y espacios públicos en general.

 

- Potencializar las buenas prácticas en prevención del delito en espacios focalizados de intervención.

 

- Realizar intervenciones comunitarias en torno a la eliminación de prácticas de violencia contra la mujer y población infantil, logrando garantizar los derechos de los mismos y posicionando el tema en el escenario público.

 

- Informar a los estudiantes de la Universidad del Valle sobre los reglamentos universitarios, sus derechos y deberes, a través de foros, tertulias y otros espacios de discusión.

 

- Generar actividades y espacios de discusión en busca de construcción de conocimiento que permita la participación activa de los estudiantes y profesionales de la Universidad del Valle en las dinámicas políticas de la universidad y del país en general.

 

- Promover cambios reales de abajo -arriba a través de la intervención psicosocial, logrando un empoderamiento de la población más vulnerable a través de su reorganización comunitaria.   

 

Capitulo III

De los Órganos de Decisión, Coordinación y Administración

 

 

Artículo 13. De la Asamblea General de Integrantes

 El máximo órgano de decisión del GEPU será la Asamblea General de Integrantes la cual podrá ser convocada por mínimo cuatro miembros oficiales del mismo, o desde una reunión ordinaria. El sistema de decisión tanto para las asambleas, reuniones ordinarias y comités, estará reglamentado por la democracia participativa y directa, buscando el consenso de todos los participantes, en caso contrario se procederá a la votación, donde cada integrante tendrá derecho a un voto y la decisión se tomara por mayoría de votos. En caso de mayoría de votos en blanco la decisión será aplazada para una próxima Asamblea.

 

La Asamblea General de Integrantes se reunirá cada seis meses como mínimo, en Enero y Julio, en donde se elegirán por un periodo de seis meses al Coordinador General, el Vicecoordinador, el Coordinador Estudiantil,  el Secretario General y el Vicesecretario, los cuales podrán ser reelegidos. También se definirá el plan de trabajo por los próximos seis meses y se analizara el plan de trabajo ejecutado del anterior semestre.

 

Parágrafo 1: Las decisiones que tome la Asamblea y que adicionen, eliminen o modifiquen algún artículo del presente estatuto tendrán que ser aprobadas por una mayoría del 70 % de votos de los asistentes a la Asamblea.

 

Artículo 14. Legitimación de la Asamblea General

La convocatoria a la Asamblea General de Integrantes del GEPU debe realizarse tres (3) días antes de su celebración por todos los medios disponibles, se debe especificar lugar, día, hora de realización y personas que convocan.

 

El quórum decisorio para la Asamblea será de la quinta parte más uno de los integrantes oficiales para la primera convocatoria y cualquiera que sea el número de integrantes para la segunda convocatoria, que se realizara en caso de que la primera no llegue a quórum.

 

Artículo 15. De las Reuniones Ordinarias  

Las reuniones ordinarias del GEPU son espacios de decisión secundaria en las que no existe quórum y se realizan mínimo una vez al mes. No tiene posibilidades de modificar estatutos, ni de reemplazar cargos, pero sí de autorizar gastos,  funcionan para la toma de decisiones de la misma forma que una asamblea y pueden ser convocadas también por mínimo cuatro miembros oficiales con tres días de antelación.

 

Artículo 16. De los Comités

Los comités son espacios de reunión alternos a las reuniones ordinarias, en las que se dedica a trabajar y desarrollar temáticas especificas que por cuestiones de tiempo no se pueden desarrollar en las reuniones anteriormente mencionadas. Cada reunión de un comité debe ser aprobada en una reunión ordinaria; en las ocasiones que aplique, se especificara si las decisiones tomadas en un comité tienen que ser presentadas nuevamente a la reunión ordinaria para su modificación o aprobación.

 

Los comités no estarán conformados por personas específicas, si no por los integrantes oficiales que acuden al horario del comité aprobado por la reunión ordinaria. Existen cuatro (4) comités permanentes: el Comité de Proyectos e Investigaciones, el cual se encargara de desarrollar los proyectos investigativos surgidos al interior del grupo, el cual está conformado por los coordinadores de las líneas de investigación y sus integrantes; el Comité Editorial que se encargara de todos los aspectos de la Revista de Psicología GEPU y demás publicaciones, el cual está conformado por el editor y todos los integrantes del grupo que participen de las reuniones del comité; el Comité de Derechos Humanos encargado de todos los asuntos relacionados con lo humanitario al interior y exterior del grupo conformado por todos los integrantes del GEPU que deseen participar y delegados a los diferentes organismos y espacios de DDHH; y el Comité de Representación, conformado por todos los ex-representantes y representantes vigentes de cualquier estamento, a los diversos espacios colegiados al interior de las Universidades en las que se tengan afiliados.    

 

Artículo 17. Formas Procedimentales, de Deliberación y de Adopción de Acuerdos.

La Asamblea General de Integrantes será desarrollada por el Coordinador General, el Vicecoordinador, el Coordinador Estudiantil, el Secretario General y el Vicesecretario. Seguidamente se abrirá un tiempo para la definición de los puntos del orden del día que se aprobaran por votación. Antes de cada decisión que tome la Asamblea se dará un tiempo de debate previo.

 

Las reuniones ordinarias serán desarrolladas por el Coordinador General, el Vicecoordinador, el Coordinador Estudiantil, el Secretario General y el Vicesecretario, que serán elegidos cada seis meses mediante Asamblea General de Integrantes. Se desarrollará de la misma forma que la Asamblea.

 

Tanto para la Asamblea General como para las reuniones ordinarias y los comités, se debe dejar constancia de lo sucedido mediante actas numeradas, las cuales estarán a cargo de los Secretarios y deberán llevar los nombres de los participantes, fecha, hora de inicio y de final, lugar de la reunión, discusiones, acuerdos y decisiones tomadas. Las actas serán firmadas por dos personas de acuerdo al siguiente orden: Coordinador General, Secretario General, Vicecoordinador, Vicesecretario, Coordinador Estudiantil, siendo aprobadas en máximo tres reuniones posteriores.

 

Los comités desarrollaran su propia dinámica interna de acuerdo a las personas que asistan y a los proyectos y actividades que se aborden y trabajen.

 

Parágrafo 1: En las Asambleas Generales y en las Reuniones Ordinarias, siempre existirá un punto en el orden del día denominado varios, en este punto solo se abordaran temáticas informativas y en caso de que surge un punto de decisión, debe ser sometido a votación para incluirlo en el orden del día.

 

Parágrafo 2: En caso de que existan varias propuestas para escoger en la toma de una decisión, los integrantes podrán en primera instancia votar por varias de ellas. Si se produce un empate de propuestas, se realizara una segunda votación en donde los integrantes solo podrán votar por una propuesta.

 

Parágrafo 3: Cuando haya mayoría de votos en blanco, las propuestas para tomar una decisión serán aplazadas.  

 

Artículo 18. Del Cese de Cargos

Los cargos de Coordinador General, Vicecoordinador, Coordinador Estudiantil, Secretario General y Vicesecretario podrán ser anulados debido a:

 

  1. Muerte o declaración de fallecimiento de quien ostenta el cargo.
  2. Por mandato de la Asamblea General de Integrantes
  3. Por pérdida de la condición de integrante general.
  4. Por renuncia.

 

Cualquier tipo de cese o nombramiento en los diferentes cargos, tendrán que ser comunicados a las debidas instancias legales para su debida constancia y publicidad.

 

 

Artículo 19. De los Coordinadores Generales

Corresponde al Coordinador General y Vicecoordinador:

 

  1. Ostentar la Vocería del GEPU ante toda clase de personas, organizaciones, asociaciones, grupos y entidades públicas o privadas, ocupando legalmente los cargos de representante legal y suplente respectivamente.
  2. Asistir a las reuniones ordinarias y Asamblea Generales.  
  3. Ejecutar y coordinar las decisiones tomadas en los Comités, Reuniones Ordinarias y las Asambleas Generales
  4. Firmar las actas, contratos, acuerdos y documentos que estén directamente relacionados con la organización.
  5. Convocar a reuniones extraordinarias con las respectivas firmas aprobatorias de los secretarios.
  6. Organizar las cuentas, gastos, ingresos y egresos monetarios de la organización.

 

Parágrafo 1: El Representante Legal no tendrá tope financiero máximo alguno para la firma de contratos, convenios, acuerdos y demás.

 

Artículo 20. Del Coordinador Estudiantil

Corresponde al Coordinador Estudiantil:

 

  1. Ostentar la Vocería del GEPU al interior de la Universidad del Valle
  2. Asistir a las Reuniones Ordinarias y Asambleas Generales
  3. Ejecutar y coordinar las decisiones tomadas en los Comités, Reuniones Ordinarias y las Asambleas Generales referentes al interior de la Universidad del Valle.
  4. Firmar contratos, acuerdos y documentos entre el GEPU y la Universidad del Valle

 

Parágrafo 1: El cargo de Coordinador Estudiantil solo lo puede ocupar un estudiante matriculado oficialmente en la Universidad del Valle.

 

Parágrafo 2: Existirán igual cantidad de Coordinadores Estudiantiles según existan grupos de base en facultades, institutos, escuelas o carreras de la Universidad del Valle con un mínimo de 3 personas y una vez aprobada su creación en reunión oficial.  

 

Artículo 21. De los Secretarios

Corresponde al Secretario General y su Vicecoordinador:

 

  1. Asistir a las reuniones ordinarias y Asamblea Generales  
  2. Redactar y autorizar con su firma las actas correspondientes, documentos, contratos y acuerdos que estén directamente relacionados con la organización.
  3. Expedir certificaciones.
  4. Llamar a lista en las Asambleas Generales y confirmar el quórum
  5. Proceder los mecanismos de votación (enunciar las dediciones a votar, numero de votos, etc.)

 

Artículo 22. Carácter No Remunerado de los Cargos

Los cargos antes mencionados serán ejercidos gratuitamente, sin que en ningún caso se pueda cobrar retribución económica alguna por las funciones ejercidas en desempeño de su función.

 

Artículo 23. Sobre la Impugnación de Decisiones

Para desvirtuar una decisión tomada en una Asamblea General existen dos formas:

 

  1. Mediante un aumento o cambio de votos decisorios en otra Asamblea, en donde siempre se debe tener en cuenta los votos anteriores.
  2. Por violación de los presentes estatutos, a través de demanda civil.

 

Para desvirtuar una decisión tomada en una Reunión Ordinaria, existen tres formas:

 

  1. Mediante un aumento o cambio de votos decisorios en otra reunión ordinaria, en donde siempre se debe tener en cuenta los votos anteriores.
  2. A través de la Asamblea General del GEPU como máximo órgano decisorio.
  3. Por violación de los presentes estatutos, ejecutada por la Asamblea General.

 

Para desvirtuar una decisión tomada en un Comité, existen cuatro formas:

 

  1. Mediante un aumento o cambio de votos decisorios en otro comité, en donde siempre se debe tener en cuenta los votos anteriores.
  2. A través de una Reunión Ordinaria.
  3. A través de la Asamblea General del GEPU como máximo órgano decisorio.
  4. Por violación de los presentes estatutos, anunciada a través de los coordinadores.

 

Artículo 24. De la Responsabilidad Jurídica

El Grupo Estudiantil y Profesional de Univalle - GEPU - como persona jurídica esta en capacidad para ejercer derechos y contraer compromisos u obligaciones, además de ser representado judicial y extrajudicialmente, sin embargo en ningún caso servirá como garante de algún asociado que adquiera responsabilidad alguna de índole personal frente a instituciones, corporaciones bancarias, entidades comerciales y demás.

 

Capitulo IV

Procedimiento de Admisión y Pérdida de la Calidad de Integrante Oficial y Demás Disposiciones

 

Artículo 25. Adquisición de la Condición de Integrante

Para adquirir la condición de integrante se requiere ser persona natural o jurídica interesada en los fines de la organización. Las personas naturales deben ser mayores de edad o menores emancipados con plena capacidad de obrar y no estar sujetas a ninguna condición legal para el ejercicio del derecho. Las personas jurídicas de naturaleza asociativa requerirán el acuerdo expreso de su órgano competente y las de naturaleza institucional el acuerdo expreso de su órgano rector.

 

Para ser integrante de la asociación se debe llenar completamente el formulario de inscripción y cancelar las cuotas mensuales que son designadas por la Asamblea General de Integrantes semestralmente. La inscripción deberá ser aprobada en la reunión ordinaria o en su defecto en la Asamblea General.

 

Parágrafo 1: En caso de renovación de la inscripción como integrante, se debe estar a paz y salvo y diligenciar nuevamente el formulario respectivo.

 

Artículo 26. Suspensión de la Condición de Integrante

La condición de integrante será suspendida por impago de cuotas mensuales al quinto mes, previa advertencia en el cuarto mes al integrante moroso mediante certificado expedido por el secretario. La suspensión implica la perdida de los derechos de integrante.

 

Artículo 27. Perdida de la Condición de Integrante.

La condición de integrante se perderá por alguna de las siguientes causas:

 

  1. Por libre albedrío del integrante.
  2. Por impago de cuotas mensuales al octavo mes.
  3. Por incumplimiento grave de los presentes estatutos o demás normas vigentes de la organización.
  4. Por la no asistencia a mínimo una de las Reuniones Ordinarias u otro tipo de reunión que posean acta, durante el semestre
  5. Por la no asistencia a mínimo una de las Asambleas General de Integrantes realizadas en un año.

 

En el supuesto a, basta con presentar la renuncia escrita o verbal a los coordinadores o en alguna de las reuniones decisorias. Los efectos serán automáticos desde la fecha de su realización.

 

Para que opere la causa b, será necesario la expedición de un certificado de los secretarios, previa notificación de advertencia al socio moroso de la perdida de la condición de integrante en el 7 mes de morosidad.

 

Para la perdida de la condición de integrante prevista en el apartado c, será necesaria la aprobación en la Asamblea General de Integrantes con un total de 2/3 de los votos legales. Toda persona debe ser informada de los hechos que dan lugar a la perdida de la condición de integrante y a ser oído con carácter previo a la adopción de dicho acuerdo.

 

Para la causa d y e, es necesario el aval de la Asamblea General de Integrantes, y no se aplica para integrantes que residan por fuera de la ciudad de Cali o que presente una excusa justificada.

 

La perdida de la condición de integrante implica la perdida de los derechos y deberes, y de su ficha de inscripción.

 

Artículo 28. Categorías de Integrantes

La organización tendrá cinco tipos de integrantes oficiales:

 

    1. Integrantes Fundadores
    2. Integrantes Estudiantiles
    3. Integrantes Profesionales
    4. Integrantes Afines
    5. Integrantes Honorarios

 

Los integrantes fundadores son todas aquellas personas que figuran como firmantes en las tres primeras actas aprobadas en las reuniones ordinarias del 2007. Los integrantes estudiantiles son todas aquellas personas que tienen la condición de estudiante de pregrado de cualquier carrera profesional universitaria tanto de instituciones públicas como privadas. Los integrantes profesionales son todas aquellas personas que ya son profesionales graduados en cualquier área académica de cualquier universidad. Los integrantes afines son todas aquellas personas debidamente inscritas y que no se pueden clasificar en ninguna de las categorías anteriores. Los integrantes honorarios son todas aquellas personas que hayan contribuido al fortalecimiento del grupo y/o que hayan prestado servicios honorables a la organización.

 

Parágrafo 1: Las propuestas de integrantes honorarios deben ser aprobadas por la Asamblea General de Integrantes. Los integrantes honorarios no pagaran cuotas económicas.

 

 

Capitulo V

De los Derechos y Deberes de los Integrantes Oficiales

 

Artículo 29. De los Deberes.

- Asistir a las Asambleas Generales o Reuniones Ordinarias convocadas por el grupo.

 

- Comprometerse con las tareas a realizar y cumplir con aquellas que se hayan asumido.

 

- Velar y cuidar los recursos de la Sede del GEPU.

 

- Participar en al menos uno de los eventos que realice el grupo.

 

- Respetar los espacios de estudio de la sede del grupo.

 

- Respetar todos aquellos pensamientos religiosos, culturales y/o políticos individuales de cualquier integrante del grupo.

 

- Las creencias y pensamientos de cualquier integrante no deben abanderar ni representar al grupo.

 

- Es necesario que cada integrante se responsabilice del aseo de la Sede del GEPU.

 

- Cancelar las cuotas mensuales designadas por la Asamblea General de Integrantes.

 

Artículo 30. De los Derechos

- Todo integrante tiene derecho a usar la Sede del GEPU y sus recursos.

 

- Que sea escuchada y tenida en cuenta toda opinión expuesta por cualquier integrante.

 

- Todo integrante tiene derecho a la libertad de expresión y pensamiento, siempre y cuando no comprometa la imagen del grupo.

 

- Todo integrante tiene derecho a participar en cualquier evento programado por el grupo, como también a ser parte de los comités que se creen dentro del mismo.

 

- Todo integrante tiene derecho a proponer cualquier actividad sea política, cultural o académica.

 

- Todo integrante tiene derecho a abandonar el grupo cuando lo desee.

 

- Todo integrante tiene derecho a no participar en algunos de los eventos que no sean afines con sus intereses.

 

- Todo integrante del grupo puede acceder a toda la información relacionada con el mismo.

 

- Exigir un documento que lo acredite como integrante del Grupo Estudiantil y Profesional de Univalle - GEPU -.

 

- Descuentos en congresos, talleres, seminarios, eventos, etc. realizados por el grupo o por asociaciones con quienes se tengan convenios.

 

 - Diversos espacios para la publicación de su hoja de vida, currículos en línea o pagina web.

 

 - Solicitar y recibir ayudas económicas para la asistencia a diversos eventos de su interés.

 

 - Hacer parte de una comunidad académica en continuo contacto y recibir información de diverso tipo.

 

 - Hacer parte de las decisiones del grupo, con voz y voto en las Asambleas Generales, reuniones ordinarias y comités establecidos, así como de poder ser elegido en cualquiera de los cargos existentes.

 

 - Intercambios académicos, investigativos, políticos y socioculturales entre los diversos miembros del grupo.

 

 - Publicación de reseñas, informes, noticias, etc. en el Boletín GEPUINFORMATIVO.

 

 - Publicar trabajos académicos y ser parte del Comité Editorial en las revistas científicas que el GEPU edite.

 

- Contribución al desarrollo de la ciencia en el ámbito local, regional, nacional e internacional.

 

- Participación en diversas líneas investigativas y en los proyectos que estas alberguen.

 

- Formular y presentar diversos tipos de proyectos, en cualquiera de los ejes trabajados. 

 

- Recibir gratuitamente toda clase de revistas, boletines, folletos, etc. que tengan convenio alguno con el grupo.

 

- Inscripción simultanea en redes y espacios de participación a los cuales estemos federados, con derecho inmediato en los beneficios que estos otorgan. 

 

Capítulo VI

De las Finanzas Monetarias

 

Artículo 31. Patrimonio de Fundación

El patrimonio fundacional de la organización en el momento de su constitución es de $ 15.000 pesos colombianos.

 

Artículo 32. Titularidad de Bienes y Derechos

El nombre del grupo (Grupo Estudiantil y Profesional de Univalle - GEPU -) deberá figurar como titular de todos los bienes y derechos que integren su patrimonio, los cuales se harán constar en su inventario y se inscribirán, siendo el caso, en los registros públicos correspondientes.

 

Artículo 33. Financiación

La organización para el desarrollo de sus actividades se financiara con:

 

  1. Los recursos que provengan del rendimiento de su patrimonio, en su caso.
  2. Las cuotas de los integrantes.
  3. Donativos o subvenciones que pudieran ser concebidas por personas físicas, jurídicas, públicas o privadas.
  4. Donaciones, herencias o legados aceptadas por la Asamblea General de integrantes.
  5. Los ingresos provenientes de sus actividades.

 

El valor de las cuotas será reglamentado por la Asamblea General de Integrantes, en todo caso serán mensuales. No está permitido el reembolso de dineros por concepto de afiliaciones. En las Asambleas Generales y en las reuniones ordinarias se podrán exonerar deudas de los integrantes referentes a cuotas mensuales. Se aceptan donaciones con un valor igual o mayor al mínimo mensual por integrante, como pago de cuotas mensuales. En caso de deudas de los integrantes, esta puede ser descontada de cualquier pago que el GEPU realice a la persona morosa.  

 

Capitulo VII

De Los Proyectos

 

Artículo 34. GEPUCINE

El proyecto GEPUCINE agrupara todas las actividades que el grupo realice, concernientes a proyecciones fílmicas, cinematográficas y video - foros.

 

Artículo 35. AUDIOGEPU

El proyecto AUDIOGEPU agrupara todas las actividades que el grupo realice concernientes a audiciones musicales y conciertos.

 

Artículo 36. Conversatorios 

Todo grupo de base debe tener un proyecto que agrupe todas las actividades que el grupo realice concernientes a conversatorios, foros, debates y paneles.

 

Artículo 37. Cátedra Abierta

Cada grupo de base debe tener una Cátedra Abierta que agrupará las actividades que el grupo realice concernientes a conferencias.

 

Artículo 38. Centros de Estudio GEPU  (C.E)

Los Centros de Estudio GEPU (C.E) agruparan los espacios de estudio que se creen al interior del grupo y que se relacionen directa o indirectamente con las temáticas que aborden los grupos de base.

 

Parágrafo 1: De los proyectos anteriores, se realizaran minimamente 1 sesión por semestre.

 

Artículo 39. Boletín GEPUINFORMATIVO

El boletín GEPUINFORMATIVO es el folleto de difusión de información y noticias relacionadas con el grupo, cualquier integrante del mismo, puede realizar reseñas u/o informes para ser publicados en éste. Se publicara como mínimo, un número cada seis meses.

 

Artículo 40. Biblioteca Estudiantil GEPU

La Biblioteca Estudiantil GEPU estará conformada por 5 secciones: la primera incluye fotocopias de textos, la segunda incluye libros y revistas, la tercera es la audioteca conformada por memorias de congresos y CDS musicales, la cuarta sección es la videoteca conformada por largometrajes, cortometrajes, videos musicales y documentales y la quinta sección esta conformada por un Banco de Test y Pruebas en Psicología. La BEP es de acceso libre para estudiantes, profesores y trabajadores, tiene servicios de préstamo interno y externo (30 días con posibilidad de una renovación).

 

Artículo 41. Botiquín GEPU

El botiquín GEPU cuenta con medicamentos básicos para la salud, puede ser utilizado gratuitamente por estudiantes, profesores y trabajadores. Se debe llevar un registro de las personas que utilizan este servicio.

 

Artículo 42. MiniCentro Deportivo GEPU

El MiniCentro Deportivo GEPU contiene implementos deportivos que pueden ser utilizados por estudiantes, profesores y trabajadores. Se debe llevar un registro de las personas que utilizan este servicio.

 

Artículo 43. Revistas GEPU

Cada grupo de base debe tener una revista científica propia, orientados a la difusión de conocimiento, pensamientos experiencias, ideas, etc. de estudiantes, profesionales, investigadores y docentes de. A su vez debe pretender fortalecer el intercambio del conocimiento en los diferentes espacios y escenarios en los cuales la revista se difunda tanto física como virtualmente.

 

La estructura orgánica de las revistas estará compuesta por un Editor, Asistentes Editoriales, un Comité Editorial, Consultores Nacionales e Internacionales, Entidades Auspiciadoras, Entidades Patrocinadoras y Coordinaciones de Distribución.

 

El editor será elegido anualmente por el comité editorial, y sus funciones son:

 

  1. Recibir los trabajos que envían para publicar en la Revista.
  2. Revisar que los trabajos cumplan con los requisitos mínimos de publicación.
  3. Presidir el comité editorial y presentar los trabajos a valorar.
  4. Establecer y mantener el contacto con los autores de los trabajos, con los consultores de la revista, los coordinadores de distribución, las entidades auspiciadoras y patrocinadoras.
  5. Promover la revista a nivel nacional e internacional, en librerías, bibliotecas, páginas web, etc.
  6. Realizar las convocatorias pertinentes para la publicación de trabajos, candidatos a consultores nacionales e internacionales, candidatos a coordinadores de distribución, y entidades auspiciadoras y patrocinadoras.

 

El comité editorial estará conformado por todos los integrantes del GEPU, sus funciones son las siguientes:

 

  1. Seleccionar los trabajos a publicar en cada numero de la revista
  2. Aprobar el nombramiento de los consultores nacionales e internacionales.
  3. Elegir anualmente al editor de la revista
  4. Tomar decisiones concernientes y subyacentes a la elaboración y posterior publicación de cada número de la revista.

 

Los asistentes editoriales son todas aquellas personas que no pertenecen al comité editorial de la revista, pero que colaboran en la valoración y evaluación de los trabajos presentados en la revista. Los consultores nacionales e internacionales son personas de reconocidas trayectorias que hacen la labor de árbitros o pares evaluadores de trabajos presentados en la revista. Las entidades auspiciadoras son todas aquellas organizaciones que apoyan cada número de la revista a través de la difusión de los trabajos publicados. Las entidades patrocinadoras son todas aquellas organizaciones que financian económicamente el funcionamiento y publicación de la revista. Las coordinaciones de distribuciones serán asumidas por personas que estén localizadas geográficamente en centros educativos, centros de salud mental, barrios, etc. con el fin de distribuir cada número de la revista.

 

 

Capitulo VIII

Disolución y Aplicación de su Capital Social

 

Artículo 44. Disolución.

La organización se disolverá por mandato de la Asamblea General de Integrantes con una votación de ¾ partes a favor.

 

Artículo 45. Liquidación

Acordada la disolución de la organización, se abre el periodo de liquidación, hasta el fin del cual el grupo conservara su personería jurídica.

 

Se conformara un comité de integrantes designado por la Asamblea o por el juez liquidador, para ejercer labores de liquidadores. La función de los liquidadores será:

 

    1. Velar por la integridad del patrimonio de la organización.
    2. Concluir las operaciones pendientes y efectuar las nuevas que sean precisas para su liquidación.
    3. Cobrar los créditos de la organización.
    4. Liquidar el patrimonio y pagar a los acreedores.
    5. Solicitar la cancelación del patrimonio en los registros públicos

 

El patrimonio sobrante después de pagadas las deudas y cargas sociales, se destinara a entidades no lucrativas que persigan fines de interés general análogos a los realizados por la misma. En caso de insolvencia de la organización, los liquidadores han de promover inmediatamente el oportuno procedimiento concursal ante el juez competente.

 

Parágrafo final: Por medio de los presentes estatutos, se derogan resoluciones y decisiones tomadas anteriores a los mismos y que sean contrarias a las disposiciones tomadas.

 

 

ESTATUTOS ACTUALIZADOS A JULIO DE 2015


 
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